Con tutela, familia de bebé de 6 meses en UCI exige a Nueva EPS remisión a una clínica
El menor requiere de manera urgente un estudio de titulación de Presión Positiva Continua en la Vía Aérea (CPAP) y el suministro del equipo CPAP ambulatorio para la casa.
Un bebé de tan solo seis meses se encuentra en una Unidad de Cuidados Intensivos en Barranquilla y su familia implora y le exige a la Nueva EPS la remisión a una clínica de mayor complejidad.
Ante la omisión de la entidad, interpusieron una tutela pues el menor cuenta con un diagnóstico médico de apneas obstructivas con componente central asociado a una hipertrofia de adenoides moderada grado.
Dada la condición de lactante del niño, esta patología compromete severamente su sistema respiratorio durante las fases de sueño, poniendo en riesgo inminente su vida y su desarrollo neurológico.
El médico tratante determinó que, para estabilizar su condición y permitir un egreso seguro, el menor requiere de manera urgente un estudio de titulación de Presión Positiva Continua en la Vía Aérea (CPAP) y el suministro del equipo CPAP ambulatorio para la casa, garantizando así el soporte ventilatorio no invasivo continuo.
Para la realización de dicho estudio de alta especialización, se requiere el traslado del menor a una institución prestadora de salud que cuente con la infraestructura y los especialistas idóneos dentro de la ciudad de Barranquilla.
A la fecha, de acuerdo con su familia, la Nueva EPS "ha omitido generar la correspondiente autorización de remisión a la clínica idónea en la ciudad, así como la aprobación del estudio y los insumos requeridos".
"Esta falta de gestión mantiene al bebé retenido en la UCI, prolongando su riesgo clínico y supeditando la atención médica de urgencia a barreras meramente administrativas", indicó la familia afectada.
"La omisión por parte de la entidad accionada configura una flagrante vulneración a los derechos del menor, desconociendo que por su condición de lactante es un sujeto de especial protección constitucional, cuyos derechos prevalecen sobre los de los demás (Artículo 44 de la Constitución Política)", agregó.